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ACONDICIONAMIENTO DE FACHADAS

mayo 16, 2018

Ya ha salido el bando en el que se invita a todos los conciudadanos a que procedan al acondicionamiento de las fachadas de sus viviendas (picado, enfoscado y pintura). Para ello NO será precisa la obtención de Licencia Urbanística de Obras, ni presentación de Declaración Responsable y no se cobrarán impuestos ni tasa alguna, siempre que el acondicionamiento se lleve a efecto antes del próximo día 31 de julio del año en curso.

Asimismo, NO será preciso solicitar la Licencia de Ocupación de Vía Pública, que será la mínima necesaria, en caso de tener que instalar andamios para ejecutar los trabajos de acondicionamiento de fachadas.

Corresponde completar tal disposición, estableciendo la obligatoriedad de que el desarrollo de dichas operaciones se efectúe de modo que el acondicionamiento o blanqueo se lleve a cabo sobre la totalidad de la fachada del inmueble sujeto a expresada acción de mejora quedando prohibido hacer blanqueos parciales que afectaran a sólo alguna o algunas viviendas de la Comunidad de Propietarios.

Las obras se realizarán siguiendo en todo momento las normas en materia de prevención laboral vigentes, manteniendo además suficientes medidas de seguridad en el entorno para protección de los viandantes y vehículos.

 

 

Last modified: mayo 16, 2018