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BASES CASETAS DE LAS FIESTAS PATRONALES 2023

agosto 18, 2023

Las casetas estarán instaladas desde el 1 de septiembre a las 20:00, día de la inauguración, al 10 de septiembre de 2023, ambos inclusive.

Cada caseta tendrá un importe de 800 €; dentro de este importe se incluye: la caseta, acometidas de agua corriente y desagüe, consumo de agua y consumo eléctrico, ocupación de vía pública, así como un vigilante nocturno desde el 31 de agosto, y limpieza de WC y zonas comunes.

La limpieza diaria, así como la limpieza final correrá a cargo de la empresa adjudicataria de la caseta correspondiente.

El plazo de solicitud de casetas comenzará hoy 18 de agosto de 2023 y terminará el 22 de agosto de 2023.

VALORACIONES PARA LA ADJUDICACIÓN

Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Béjar.

La participación en ediciones anteriores, contando desde la primera edición (5 punto por año)

Empresas hosteleras ubicadas y con domicilio fiscal en el término municipal de Béjar. (2 puntos)

Antigüedad de negocio con establecimiento ubicado en Béjar (1 punto)

La ubicación de las casetas se designará en función de la puntuación obtenida.

En caso de empate entre dos o más aspirantes se sorteará públicamente la adjudicación.

PROCEDIMIENTO:

Solicitar por escrito en el registro del Ayuntamiento de Béjar la caseta.

La carta de pago de la caseta con el importe integro antes del día 25 de agosto.

Y el Seguro correspondiente a lo indicado en la Ley 7/2006, de 2 octubre 2006 de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León. (Seguro que tendrá vigencia del 28 de agosto al 10 de septiembre ambos inclusive).

PROGRAMA DE MONTAJE DE LA “CARPA DE LA CASETAS DE LAS FIESTAS PATRONALES, BÉJAR 2012”

Ocupación de hosteleros: 28 de agosto de 2023. No se podrá invadir con elementos de ningún tipo el espacio que no corresponda a la caseta adjudicada, debiendo permanecer las mesas, sillas, etc., dentro del perímetro del espacio adjudicado. (Debiendo tener en ese momento: copia de la notificación de la adjudicación, seguro de responsabilidad conforme a la normativa vigente en espectáculos, sin estos dos documentos se entiende que el adjudicatario renuncia a la adjudicación, no pudiendo solicitar la devolución del importe efectuado).

Inspección Municipal: Viernes 31 de agosto por la mañana, a partir de las 13:00 horas, el adjudicatario de cada caseta, habrá entregado, en las oficinas municipales del Departamento de Festejos (C.M.C. San Francisco), antes del 30 de agosto, el seguro correspondiente a lo indicado en la Ley 7/2006, de 2 octubre 2006 de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León. (Seguro que tendrá vigencia del 28 de agosto al 10 de septiembre ambos inclusive).

Apertura de casetas:   Viernes 1 de septiembre de 2023, a las 20:00 horas.

Cierre de casetas: Domingo 10 de septiembre de 2023.

Vaciado completo de casetas: lunes 11 de septiembre de 2023, por la mañana.

SERVICIO DE VIGILANCIA Y CONTROL DE ACCESOS.

PERSONAL:

Sólo habrá 1 vigilante nocturno. (Si alguna caseta quiere poner vigilancia propia, no hay ningún inconveniente por parte del Ayuntamiento de Béjar).

HORARIOS:

Las casetas realizarán su actividad según el horario a determinar por La Junta de Castilla y León.

Se recuerda que el Vaciado completo de casetas será lunes 11 de septiembre de 2023, por la mañana.

ANEXO:

NORMAS CASETAS FIESTAS PATRONALES 2023:

SEGURO CASETAS:

 El titular de casa caseta deberá obtener y presentar en el Ayuntamiento, el seguro correspondiente a lo indicado en la Ley 7/2006, de 2 octubre 2006 de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León. (El seguro tendrá vigencia desde el día que comience el montaje hasta el 10 de septiembre ambos inclusive).

NORMATIVA SOBRE RUIDO:

 El adjudicatario deberá desarrollar la actividad dentro de los límites establecido en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León y en Ordenanza municipal para la protección del ambiente contra las perturbaciones por la contaminación acústica.

HORARIO CASETAS:

 El horario será el que autorice la Junta de Castilla y León según la Orden 689/2010, de 12 de mayo, por la que se determina el horario de los espectáculos públicos y actividades recreativas que se desarrollen en establecimientos públicos y en su modificación por la ORDEN FYM/214/2019, de 5 de marzo, por la que se modifica la Orden IYJ/689/2010, de 12 de mayo, por la que se determina el horario de los espectáculos públicos y actividades recreativas que se desarrollen en los establecimientos públicos, instalaciones y espacios abiertos de la Comunidad de Castilla y León.

RESIDUOS CASETAS:

Según lo contenido en la Ordenanza municipal para la recogida de residuos, los residuos deberán ir en bolsas cerradas y estancas, que se depositarán en los contendores marcados y asignados a cada caseta.

Al finalizar la jornada, y dentro del horario que determine el Ayuntamiento, los contenedores deberán llevarse a los puntos que se indique. En caso de que no estén en el lugar y hora indicados, no se procederá a la retirada de residuos.

Los titulares de las casetas deberán disponer de contenedores adecuados para el vertido de aceites vegetales usados y entregarlos a gestor autorizado.

LIMPIEZAS CASETAS:

Según la Ordenanza municipal para la protección de la convivencia ciudadana y prevención de actuaciones antisociales, la limpieza diaria, así como la limpieza final correrá a cargo de la empresa adjudicataria de la caseta correspondiente.

 Independientemente del servicio de limpieza dispuesto por el Ayuntamiento, cada participante deberá mantener limpia la caseta y el entorno de la misma, debiendo preservar en todo momento el pavimento del interior para evitar su deterioro.

Dispondrá en el interior de las casetas el número de recipientes necesarios para el depósito y, retención de los residuos producidos.

La persona titular de la caseta queda obligada a mantener tanto el suelo cuya ocupación se autoriza, como la propia instalación y sus elementos auxiliares, en perfectas condiciones de limpieza, seguridad y ornato, utilizando para ello los medios necesarios tales como papeleras, ceniceros, …

VERTIDOS A LA RED DE LAS CASETAS:

Según la Ordenanza Municipal de vertido de aguas residuales, se prohíbe el vertido de aguas sucias o con detergentes u otros productos en zonas que no sea la conexión a la red de alcantarillado.

 Está prohibido verter aceites usados por los desagües, deberá instalarse en la caseta un dispositivo de recogida de aceite usado para su posterior gestión por gestor autorizado.

Last modified: agosto 21, 2023